Los abogados de la provincia de Córdoba cuentan con una institución que vela constantemente por generar y preservar las condiciones que les permitan disfrutar su retiro después de una vida dedicada a la profesión: la Caja de Previsión y Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Córdoba (Ley 6468).
Desde el inicio de la vida laboral , la Caja protege a sus afiliados ante la posibilidad de sufrir eventos dañosos que lo imposibiliten de trabajar por mas de dos meses, con jubilaciones extraordinarias. Está presente también ante eventos felices como es el nacimiento de un niño, la adopción, el matrimonio, asignando al letrado un subsidio igual al haber de una jubilación básica.
Orígenes
La Caja constituye, junto con los Colegios de Abogados y Tribunal de Disciplina, el trípode en que asienta la abogacía organizada. Nació en 1954 como alternativa al Anses, y es el Estado Provincial el que le delega la potestad de otorgar jubilaciones. Está basada en el principio de solidaridad con equidad y sostenida por el cumplimiento del pacto intergeneracional en cuya virtud quienes hoy aportan mantienen el sistema para que los pasivos perciban su jubilación.
Sistema de aportación
La Caja tiene un sistema mixto de aportación integrado por el aporte personal del afiliado y la contribución de la comunidad vinculada, es decir de quién demanda el trabajo del abogado.
Dirección
La institución es conducida por un Consejo de Administración, cuyos miembros son elegidos por el voto directo de los afiliados cada tres años. La Provincia tiene el contralor designando un síndico a tales fines. Los Colegios de Abogados de la Provincia y los jubilados participan por medio de sus delegados de las asambleas, en las cuales se trata el presupuesto, el plan de inversiones ,el balance y memoria, y reglamento de préstamos.
Prestaciones
La Caja brinda a sus afiliados jubilaciones ordinarias, jubilaciones extraordinarias, pensiones, becas para huérfanos, subsidios y servicio médico, conforme lo dispuesto por la Ley 6468.
Por medio de resoluciones emanadas del Consejo y dentro del ámbito de la Seguridad Social, se estableció el otorgamiento de subsidios por matrimonio, por nacimiento y adopción de hijos, generándose igualmente líneas de créditos para activos y pasivos en épocas de normalidad financiera.